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Contabilidad para restaurantes, con el IGV reducido bien aplicado

Un restaurante compra insumos todos los días, tiene personal en cocina y salón, y puede acceder a un IGV reducido si cumple los requisitos. Nosotros lo aplicamos bien para que no pagues de más ni te observen.

El IGV reducido para restaurantes mype

La Ley 32219 amplió hasta el 31 de diciembre de 2027 una tasa de IGV reducida para restaurantes, hoteles y alojamientos que sean micro y pequeñas empresas:

AñoTasa de IGV
2025 y 20268 %
202712 %

A eso se suma el Impuesto de Promoción Municipal, que se aplica aparte. Para acceder, en general, tus ventas anuales no deben pasar de 1,700 UIT, al menos el 70 % de tus ingresos debe venir de la actividad de restaurante o alojamiento, y no debes pertenecer a un grupo económico. Fuente: El Peruano, Ley 32219.

Ojo: si aplicas la tasa reducida sin cumplir los requisitos, SUNAT puede cobrarte la diferencia con multa e intereses. Lo revisamos antes de aplicarla.

Lo que más complica a un restaurante

  • Insumos sin factura. Comprar en el mercado sin comprobante te deja sin crédito fiscal y sin sustento del costo.
  • Muchas ventas pequeñas. Boletas, delivery por aplicativos, pagos con tarjeta y billeteras: todo tiene que cuadrar.
  • Personal. Cocineros, mozos y ayudantes en planilla, con turnos, gratificaciones y vacaciones.

Qué hacemos por tu restaurante

  • Revisamos si calificas para el IGV reducido y lo aplicamos en tus comprobantes y declaraciones.
  • Registramos tus ventas y compras en el SIRE y declaramos a tiempo.
  • Llevamos tu planilla electrónica, boletas de pago, gratificaciones y CTS.
  • Te enviamos cada mes un estado de resultados para que veas tu margen real.

Con personal en planilla, el plan Crece (S/ 300 + IGV, hasta 3 trabajadores) o el plan Empresa para equipos más grandes.

Preguntas frecuentes

¿Una cafetería o juguería también puede usar el IGV reducido?

Puede, si su actividad está dentro de la de restaurantes y cumple los demás requisitos. Lo verificamos con tu ficha RUC y tus ingresos.

¿Qué pasa en 2028?

Según la ley vigente, el beneficio termina el 31 de diciembre de 2027 y se vuelve a la tasa general, salvo que se apruebe una nueva prórroga. Te avisaremos si cambia.

¿Prefieres que lo hagamos por ti?

Diagnóstico gratuito de 20 minutos. Te decimos qué te falta y cuánto cuesta.